Palabras clave
Resumen
Familia y medios de comunicación forman un tándem indisociable y permanente. Se ofrece en esta colaboración una visión desde una perspectiva relacional, donde ambas realidades deben ayudarse para la construcción de una Pedagogía de los Medios. Una buena mediación parental produce grandes beneficios en los hijos, ya que la relación que se produce entre la familia y los medios de comunicación –principalmente la TV– entra de lleno en el paradigma de la complejidad, que nos lleva a su vez a la construcción de un nuevo modelo comunicativo: la adquisición de competencias sociales, nuevas fórmulas de aprendizaje social y la construcción de una Pedagogía de los Medios.
Referencias
ECO, U. (1986): Signo. Barcelona, Labor.
GOLEMAN, D. (1996): Inteligencia emocional. Barcelona, Kairós.
MARÍAS, J. (1993): Razón de la Filosofía. Barcelona, Alianza.
MEAD, G.H. (1973): Espíritu, persona, sociedad. Buenos Aires, Paidós.
MORIN, E. (1994): Introducción al pensamiento complejo. Barcelona, Gedisa.
OTTAWAY, A.K. (1985): Educación y sociedad: introduccióna la Sociología de la Educación. Buenos Aires,Kapelusz.
PETRUS, A. (Coord.) (1997): Pedagogía social. Barcelona,Ariel.
RÍO, P. del (1996): Psicología de los medios de comunicación.Madrid, Síntesis.
SÁEZ, A. (1997): «Educar al hombre mediático», en Educaciónsocial, 7; 12-19.
SARRAMONA, J. (1993): Comunicación y educación.Barcelona, CEAC
Fundref
Este trabajo no tiene ningún soporte financiero
Ficha técnica
Métricas
Métricas de este artículo
Vistas: 35025
Lectura del abstract: 31071
Descargas del PDF: 3954
Métricas completas de Comunicar 10
Vistas: 1112502
Lectura del abstract: 981000
Descargas del PDF: 131502
Citado por
Citas en Web of Science
Actualmente no existen citas hacia este documento
Citas en Scopus
Actualmente no existen citas hacia este documento
Citas en Google Scholar
Actualmente no existen citas hacia este documento
Métricas alternativas
Cómo citar
Froufe-Quintas, S. (1998). Familia y medios de comunicación. Comunicar, 10, 21-26. https://doi.org/10.3916/C10-1998-04